Novedades impositivas marzo 2017
CAMBIOS EN EL MONOTRIBUTO
Mediante la RG 3990-E/2017 (AFIP), se establecieron algunos cambios para los contribuyentes Monotributistas, de los que destacamos los siguientes:
PAGO ELECTRÓNICO: Se agrega la obligatoriedad de ingresar el pago mensual del Monotributo mediante alguna de las siguientes modalidades para las categorías más bajas (recordamos que las más altas ya fueron alcanzadas por la RG 3936/2016):
- Transferencia electrónica de fondos (VEP).
- Débito automático en Tarjetas de crédito.
- Débito en cuenta a través de cajeros automáticos.
- Débito en cuenta bancaria.
Categoría | Desde el período | Vencimiento |
A-C | nov-17 | 20/11/2017 |
D-E | may-17 | 22/05/2017 |
F-G | abr-17 | 20/04/2017 |
H | dic-16 | 20/12/2016 |
I-J | nov-16 | 21/11/2016 |
K-L | oct-16 | 20/10/2016 |
FACTURA ELECTRÓNICA: Desde el 01/06/2017 será obligatorio emitir factura electrónica para las categorías F y G (recordamos que de la H en adelante ya era obligatorio).
DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO: Se deberá constituir domicilio fiscal electrónico con plazo hasta el 30/9/2017.
DDJJ Informativa Cuatrimestral: Se elimina la obligación de presentar la DDJJ informativa cuatrimestral, y se sustituye por un procedimiento denominado “MI CATEGORÍA”, mediante el que se deberá confirmar la información cuatrimestral del contribuyente que consta en los registros de AFIP. En esta oportunidad se podrá confirmar y mantener la categoría o recategorizar de corresponder. La recategorización de septiembre deberá generarse aún cuando no corresponda cambiar de categoría.
– AFIP recategorizará de oficio o excluirá del régimen a quienes efectúen gastos de índole personal o por acreditaciones bancarias, y que agregando a ello un 20% o un 30% de dichas sumas (para servicios o venta de bienes respectivamente) se determine que corresponde otra categoría o ser responsable inscripto.
APP para dispositivos móviles con sistema Android: Se puso a disposición la APP “Mi Monotributo” en la Play Store desde la cual se podrá obtener constancia de CUIT, generar el pago del Monotributo y generar comprobantes electrónicos desde el Facturador Móvil.
OBLIGACIÓN DE ACEPTAR PAGOS CON TARJETA DE DÉBITO – Operaciones con consumidores finales
Mediante la RG 3997-E/2017 (AFIP), se establece la obligación de aceptar pagos con tarjeta de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes, cuando se efectúen operaciones con consumidores finales, excepto cuando la operación sea inferior a $10.-
El plazo para ponerlo en marcha es el siguiente en función a la actividad y los montos netos de venta obtenidos durante el período 2015 o ejercicio cerrado antes del 31/12/2015:
Actividad | Ventas Netas – Responsables Inscriptos | ||
Mayores o iguales a $4.000.000.- | Mayores $1.000.000.- y Menores a $4.000.000.- | Menores o iguales a $1.000.000.- | |
Comercio por mayor y menor | 30/04/2017 | 31/05/2017 | 30/06/2017 |
Servicios profesionales, científicos y técnicos | 31/07/2017 | 31/08/2017 | 30/09/2017 |
Resto de actividades excepto monotributo | 31/10/2017 | 30/11/2017 | 31/12/2017 |
Categoría | Monotributo | ||
Categoría F a K: | 31/12/2017 | ||
Categoría A a E: | 31/03/2018 |
SIPER – Sistema de perfil de riesgo AFIP
Mediante la RG 3985-E/2017 (AFIP), se creó el sistema de Perfil de Riesgo del contribuyente, a través del cual el fisco categoriza mensualmente a los contribuyentes según el grado de cumplimiento de las obligaciones formales y materiales con el objetivo de aumentar la fiscalización y generar procedimientos diferenciales que beneficien a los cumplidores respecto de los incumplidores.
Se podrá consultar mensualmente la categoría de riesgo que consta en AFIP y en caso de no estar de acuerdo se podrá presentar la disconformidad informando los motivos.
El sistema se encuentra vigente desde Febrero 2017.
Acuerdo de colaboración AFIP-ARBA
Trascendió que AFIP y ARBA firmaron un compromiso de colaboración con el objetivo de simplificar los trámites de los contribuyentes y asimismo luchar contra la evasión y formalizar la economía. Del acuerdo se resalta lo siguiente:
- Se avanzará en el uso de un padrón único de contribuyentes y en la armonización del nomenclador de actividades económicas.
- Se intercambiarán datos sobre los contribuyentes que exhiban altos perfiles de riesgo fiscal en función a los incumplimientos detectados.
- Se generarán cruzamientos de datos sobre las DDJJ que se presentan ante ambos organismos con el fin de verificar su consistencia.
Celeste Dacunto
Socia MCD&.